Es habitual que las autoridades, en el ejercicio de sus labores enfrenten controversias relacionada con el alcance de sus funciones.  No delimitar la dimensión de sus competencias, puede traer problemas que afecten no solo a su gestión, si no incluso también, la operatividad de la institución a la que representan: ya sea porque otra autoridad se atribuye una competencia que no le corresponde; porque ese comportamiento le impide desarrollar el ejercicio de sus funciones; o por que le atribuyen a la entidad una función que no le corresponde y solo podría representar una carga administrativa más que haga más pesada gestionar la institución.

Estas controversias se definen en el Proceso Competencial previsto en el artículo 202º, numeral 3 de la Constitución, y nuestra firma ha orientado su servicio a contribuir que los gobiernos nivel regional y local pueda fortalecer su defensa funcional.

Para ello puedo trabajar con la entidad a la que representas para realizar un diagnóstico constitucional del problema. También puedo contribuir al fortalecimiento de la estrategia defensiva del Procurador Público o funcionario que ejerza la representación procesal de la institución ante el Tribunal Constitucional.