El tiempo no prescribe tu derecho a la pensión por enfermedad profesional

«El tiempo no prescribe tu derecho. Cuando la ONP deniega una pensión por enfermedad profesional usando argumentos de plazo, el Amparo Constitucional puede anular esa decisión y restituir lo justo.»

Marcelo, ex trabajador minero, estuvo expuesto a minerales tóxicos entre 1950 y 1974. Como consecuencia, desarrolló neumoconiosis con un 60% de menoscabo, diagnóstico al que su Comisión Médica Evaluadora llegó en 2016.

El Problema Administrativo

Para la ONP, dado que han trascurrir 42 años desde la fecha consignada en su certificado de trabajo no era posible acreditar el nexo causal entre su enfermedad y la labor de apoyo en la labor extractiva que desarrolló en el periodo indicado.

El Error y la Vulneración

Esta postura convierte un hecho (el tiempo transcurrido) en una barrera infranqueable, ignorando:

1.  El diagnóstico médico oficial que confirma la enfermedad profesional.

2.  La documentación laboral que acredita la exposición prolongada.

3.  La presunción de nexo de causalidad entre la neumoconiosis y la labor de apoyo a la actividad extractiva en interior de mina o mina de tajo abierto, por un tiempo prolongado (Precedente Vinculante establecido en la sentencia recaída en el Expediente 01301-2023-PA/TC)

La Solución Constitucional: El Proceso de Amparo

El amparo es un proceso constitucional que revisa la conformidad de los actos administrativos a los derechos fundamentales. En casos como este, busca:

  •  Anular la resolución denegatoria de la ONP.
  • Ordenar el otorgamiento de la pensión de renta vitalicia.

¿Su Caso es Similar?

Si a usted o a un familiar se le ha denegado una pensión por enfermedad profesional (neumoconiosis, silicosis, etc.) bajo argumentos como el tiempo transcurrido, falta de «nexo causal» inmediato o formalismos, existe una vía legal para recurrir.

«¿Le han denegado una pensión similar? Evalúe sus opciones legales. [Solicite una Consulta Preliminar escribiendo al WhatsApp]»

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